domingo, 25 de octubre de 2020

Sharenting: los riesgos de compartir fotos e información de los menores en la red

El 81% de los niños menores de dos años tiene ya perfil o huella digital en redes sociales e Internet y casi un cuarto (el 23%) inicia su vida online con una ecografía prenatal. No porque ellos publiquen las imágenes, por supuesto, sino que son sus padres quienes se encargan de ello. El dato procede de un estudio de la compañía de seguridad en Internet AVG realizado en Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Francia, Alemania, Italia, España, Australia, Nueva Zelanda y Japón. Y es nada menos que de 2010.

Desde entonces, ha llovido aún más: en 2016, una encuesta de Nominet en Reino Unido mostró que al cumplir cinco años, los críos contaban ya con una herencia digital de casi 1.500 fotografías, legadas por cortesía de sus padres en redes sociales y blogs.

Las redes: un canal de difusión ilimitado

Compartir fotos de los hijos e hijas no es un fenómeno reciente. Lo que sucede es que ahora se distribuyen muchas, muchísimas más fotos, fuera de los círculos restringidos y acotados, con un público ilimitado y sin ejercer ningún control sobre su rastro digital: Internet y las redes sociales ejercen de canal de difusión ilimitado. Entre esas redes sociales se incluye, por supuesto, WhatsApp.

La mayoría de las veces, detrás de esta práctica no hay más pretensión que compartir con la familia y los amigos buenos momentos: en vacaciones aumenta exponencialmente la tendencia. Otras, el motor es el orgullo de padre/madre hacia el vástago o simplemente el afán por mostrar situaciones divertidas, o por un amor paterno-filial irrefrenable. A veces no es más que un comentario publicado en Facebook sobre algo que ha dicho o hecho, en otras ocasiones se suceden una anécdota tras otra.

María Lázaro, autora del artículo sobre Sharenting muestra su libro 'Redes Sociales y menores, guía práctica'.

Por qué, para qué y para quién

Y así, poco a poco y de forma muchas veces involuntaria, los progenitores van (vamos) creando sin querer, sin darnos cuenta, la huella digital de los hijos desde la más tierna infancia, antes de que puedan decidir nada sobre ella, mucho antes siquiera de aprender cómo gestionarla, o de que se abran un correo electrónico. Una huella que aumenta a pasos de gigante, a medida que transcurre el tiempo, y que les acompañará hasta la adolescencia y la entrada en la edad adulta. De forma inconsciente, los padres pasan de ejercer de guardianes de la información personal de sus hijos, a narradores públicos de sus vidas.

Se abre por tanto una necesaria reflexión sobre por qué, para qué y para quién compartimos fotos y vídeos de nuestros hijos. Para educarles en un uso responsable de las redes sociales, primero hemos de educarnos a nosotros mismos.

Consideraciones éticas aparte, las cuestiones jurídicas han comenzado a adquirir relevancia. Aunque los casos se cuentan con los dedos de las manos, algunos jóvenes han empezado a tomar cartas en el asunto… y los tribunales, a intervenir por iniciativa propia.

En 2016 fue noticia una austriaca de 18 años que decidió denunciar a sus padres por publicar unas quinientas fotos de su infancia en Facebook, algunas de ellas en el orinal o cambiándole los pañales, y por negarse a eliminarlas cuando se lo pidió. En 2018, un Tribunal de Roma resolvió la petición de “tutela contra la madre” de un joven de 16 años harto de que su progenitora publicara fotos de él en redes sociales: estableció que si la madre continuaba con ese comportamiento, debería pagar 10.000 euros como sanción.

Y es que los padres y madres no son, no somos, dueños de la imagen de nuestros hijos e hijas.

Una madre le hac euna foto a su bebé. Sharenting.

¿Qué dice la ley española? 

En España, la Ley 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen establece en el artículo 1 que “el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen es irrenunciable, inalienable e imprescriptible”, y en el artículo 3.1 señala que “el consentimiento de los menores […] deberá prestarse por ellos mismos si sus condiciones de madurez lo permiten, de acuerdo con la legislación civil” (atención a la expresión “por ellos mismos”). Como complemento, la Ley 1/1996 de Protección Jurídica del Menor dicta en su artículo 4 que “los menores tienen derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen” y que “los padres o tutores y los poderes públicos respetarán estos derechos y los protegerán frente a posibles ataques de terceros”.

Consejos para evitar el sharenting

Para cumplir con ese deber de respeto y protección, he aquí algunos consejos:

  • Ten en cuenta que compartir contenido en perfiles o cuentas privadas, o en grupos restringidos, no garantiza su privacidad ni su protección: cualquiera puede guardarlas o sacar un pantallazo y redifundirlas después.
  • No olvides que difundir imágenes o vídeos sobre tus hijos en redes sociales implica exponerles a riesgos: pueden acabar en manos de desconocidos, ser objeto de explotación pornográfica, alimentar ciberbullying o grooming… Ante la duda, no compartas. Su privacidad y protección dependen de ti.
  • Evita dar datos sobre ellos: ni nombre, ni mucho menos apellidos, ni detalles sobre su vida como la edad o fecha de cumpleaños, ni tampoco su localización.
  • Impide que se les identifique y reconozca en las imágenes y vídeos públicos: un contraluz, una toma de espaldas o un simple fragmento suelen ser alternativas factibles.
  • Jamás publiques imágenes en las que aparezcan con poca ropa (por ejemplo en la bañera o en la piscina), en situaciones que puedan resultar humillantes (por ejemplo, sentado al orinal) o que puedan malinterpretarse.
  • Antes de enviar por WhatsApp o publicar en redes sociales un contenido relacionado con tus hijos (ya sea una foto, un vídeo o un comentario), pregúntales, pídeles permiso y respeta su opinión, no importa su edad. Si no lo haces ahora, ¿cómo le vas a enseñar después que no deben difundir imágenes de terceros sin su autorización?
  • Piensa que dentro de unos años, puede que no les haga ninguna gracia que imágenes suyas se hayan difundido por la red.

Nosotros, los padres y madres, no hemos debido enfrentarnos a un legado digital marcado desde nuestra infancia. Bien o mal, hemos tenido la oportunidad de decidir. ¿Por qué negársela a nuestros hijos?

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  • Lázaro Ávila, María (Author)

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